Beneficiarios: Podrá beneficiarse cualquier entidad local en agrupación con cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, incluyendo las agrupaciones sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes, así como empresarias o empresarios individuales y pymes, que constituyan una comunidad energética renovable.
Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido de hasta el 45% del coste subvencionable del proyecto. No obstante, la intensidad de ayuda podrá incrementarse en hasta 10 puntos porcentuales para las ayudas a las medianas empresas y en hasta 20 puntos porcentuales para las ayudas a las pequeñas empresas, ayuntamientos, entidades públicas y entidades e instituciones sin ánimo de lucro respecto de sus actividades no económicas siempre que cumplan con la condición de pequeña empresa.
Se establece un máximo de ayuda de 100.000 euros por proyecto.
Actuaciones apoyables: Las actuaciones apoyables son las instalaciones de energía solar fotovoltaica, para la generación y autoconsumo colectivo, de energía eléctrica en régimen de comunidades de energías renovables, en cualquiera de las modalidades previstas en el artículo 9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en concreto las previstas en el artículo 4 del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo. Dichas instalaciones podrán incorporar equipos de mejora de gestión y optimización de las propias instalaciones de generación.
Criterios de evaluación:
Las solicitudes presentadas se valorarán sobre un máximo de 100 puntos, según los criterios que se indican en los siguientes apartados. En todo caso, para que un proyecto pueda ser aprobado, tendrá que obtener una puntuación global mínima de 20 puntos sobre el conjunto de los apartados 1 y 2.
1. Características del proyecto (máximo 85 puntos).
- Rendimiento de los equipos (máximo 35 puntos).
- Calidad técnica de la memoria (máximo 15 puntos).
- Garantías de la instalación (máximo 10 puntos).
- Monitorización y gestión (máximo 15 puntos).
- Integración arquitectónica (máximo 5 puntos).
- Ubicación del proyecto (máximo 5 puntos).
2. Diseño y cálculo de la instalación (máximo 15 puntos).
- Criterios de diseño y cálculo (máximo 15 puntos). Se valorarán con mayor puntuación aquellos proyectos en los que los cálculos realizados por la entidad beneficiaria sean coherentes con el tipo de proyecto.
Plazos de presentación de solicitudes:
Desde el 12 de junio de 2020 hasta el 10 de julio de 2020
Link ayuda IVACE:
COMUNIDADES ENERGÉTICAS LOCALES 2020 INSTALACIONES AUTOCONSUMO COLECTIVO
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